DESCRIPCIÓN
<p> Venta de PH 4 ambientes con cochera, en Bernal Este. Cramer al 800 (ex 1500)<br><br>Muy buena ubicación! En muy buen estado general!<br><br>- Esta vivienda se encuentra en 1er. Piso, accediendo por una escalera desde el patio interno.<br>- Amplia cocina con mesadas de granito, alacena y bajo mesadas de melamina.<br>- Barra en madera que comunica e integra la cocina al living comedor.<br>- Living comedor súper cómodo y luminoso.<br>- Cocina y living comedor en pisos de porcelanato y gran ventanal de pared a pared con vista al frente.<br>- 1 baño completo, revestido en cerámicos y con bañera.<br>- 3 dormitorios, todos con pisos flotantes y placares empotrados.<br>- varios sectores de guardado en el living.<br>- CON COCHERA! semicubierta con portón automatizado.<br>- Todas las aberturas son en aluminio DVH y todas las ventanas tienen rejas.</p><p>- Living y 2 dormitorios con aire acondicionado frio/calor.<br><br><br>Expensas: valor aproximado de $7000 Incluye: agua, luz de espacios comunes y servicio de limpieza.<br><br><br>------------------------------------------------------------------<br><br>Se deja constancia que las medidas, superficies metros cuadrados y expensas consignadas son aproximadas y no resultan vinculantes, sujetos a verificación por el interesado en adquirir.<br></p><div><span style="font-size: 14px;">El precio del inmueble puede ser modificado sin previo aviso. Fotos de carácter no contractual.</span></div><div>En cumplimiento de la leyes provinciales vigentes que regulan el corretaje inmobiliario, Ley de Lealtad Comercial, Ley de Defensa al Consumidor, las normas del Código Civil y Comercial de la Nación y Constitucionales, los asesores comerciales no ejercen el corretaje inmobiliario. Todas las operaciones inmobiliarias son objeto de intermediación y conclusión por parte de la martillera y corredora colegiada, Noelia Young colegiada numero ( trescientos treinta y tres) CPMCAL.<br></div><div>La publicación de este inmueble es a solo título informativo, pues la venta de la propiedad está supeditada a la aceptación del propietario y que este cumplimente el trámite ante la AFIP para la obtención del n de COTI correspondiente, para dar cumplimiento a la resolución general (nro. dos mil trescientos setenta y uno) de AFIP.</div>