Período
Valor
Nave Industrial en Alquiler en la etapa 3 del Parque Industrial.
La nave es un PH y se encuentra dividiva por una estructura de durlock ignifugo.
Se encuentra preparada y apta para SENASA, con 50m2 de oficinas levantadas del piso, con baño y vestuario, Kitchenette y varias divisiones para ofinas.
Techo de chapa con chapa traslucida y piso de hormigon armado de alta resistencia. Zocalos santarios.
Cuenta con servicios de Agua, Energia trifasica, Desague cloacal interno.
Superficie Total 375m2
Superficie Nave 375 m2, 25m2 x 15m2
Superficie libre de deposito 325m2
Superficie de oficinas 50m2
Cortina entrada, 1 de 4m x 5m
Altura de techo 8m lateral, 10m centro.
Zonificacion I1 I2
Se paga en pesos al valor dolar vendedor del Banco Nacion
Valor de venta U$D 750.- x m2
El Parque se encuentra en Canning que es la zona de mayor crecimiento inmobiliario de los últimos 5 años. Ubicado a 2 km de pleno centro de Canning, con Bancos, Centros comerciales, Hipermercados, cines y teatro. A 10 minutos del Aeropuerto Internacional y a 35 minutos del Obelisco. Con salida directa a Ruta 205, autopista Ezeiza-Cañuelas, Ruta 3, Ruta 4 y Ruta 6 por Ruta 58.
Se deja constancia que las medidas, superficies metros cuadrados y expensas consignadas son aproximadas y no resultan vinculantes, sujetos a verificación por el interesado en adquirir.
El precio del inmueble puede ser modificado sin previo aviso. Fotos de carácter no contractual.
En cumplimiento de la leyes provinciales vigentes que regulan el corretaje inmobiliario, Ley de Lealtad Comercial, Ley de Defensa al Consumidor, las normas del Código Civil y Comercial de la Nación y Constitucionales, los asesores comerciales no ejercen el corretaje inmobiliario. Todas las operaciones inmobiliarias son objeto de intermediación y conclusión por parte de la martillera y corredora colegiada, Noelia Young colegiada numero (treinta y ocho mil trescientos ochenta y cinco) cplz.
La publicación de este inmueble es a solo título informativo, pues la venta de la propiedad está supeditada a la aceptación del propietario y que este cumplimente el trámite ante la AFIP para la obtención del n de COTI correspondiente, para dar cumplimiento a la resolución general (nro. dos mil trescientos setenta y uno) de AFIP.