DESCRIPCIÓN
<p> Departamento monoambiente con jardín ubicado con frente a la calle Ayacucho al 600. Excelente ubicación, a metros de Bernal Centro. </p><p><br></p><p>- Living comedor, amplio y luminoso</p><p>- Cocina integrada con muebles bajo mesada y conexión para el lavarropas</p><p>- Baño completo con bañera</p><p>- Expensas $27.000</p><p>- Sin mascotas</p><p><br></p><p><span style="font-size: 14px;">Requisitos para alquilar:</span></p><p>1) Últimos 3 recibos de sueldo o alguna constancia de ingresos.<br></p><p>2) Deben presentar una garantía por seguro de caución. (Únicamente con la aseguradora PREMIER costo aproximado 1 mes de alquiler)<br></p><p>3) Los valores se actualizaran cada cuatro meses por I.P.C. la duración del contrato será de 2 años.</p><p><br></p><p>Importes que se deberán abonar al momento de la firma:<br></p><p> 1. Alquiler del primer mes por adelantado. 2. Deposito en garantía U$S 200.- 3. Sellado del contrato (1% del total del contrato) 4. Comisión Inmobiliaria (4% del total del contrato + I.V.A.) 5. Costos del seguro de caución.<br></p><p>------------------------------------------------------------------------------------------</p><p>Se deja constancia que las medidas, superficies metros cuadrados y expensas consignadas son aproximadas y no resultan vinculantes, sujetos a verificación por el interesado en adquirir. El precio del inmueble puede ser modificado sin previo aviso. Fotos de carácter no contractual. En cumplimiento de la leyes provinciales vigentes que regulan el corretaje inmobiliario, Ley de Lealtad Comercial, Ley de Defensa al Consumidor, las normas del Código Civil y Comercial de la Nación y Constitucionales, los asesores comerciales no ejercen el corretaje inmobiliario. Todas las operaciones inmobiliarias son objeto de intermediación y conclusión por parte de la martillera y corredora colegiada, Noelia Young colegiada numero (trescientos treinta y tres ) CPMCAL .La publicación de este inmueble es a solo título informativo, pues la venta de la propiedad está supeditada a la aceptación del propietario y que este cumplimente el trámite ante la AFIP para la obtención del n de COTI correspondiente, para dar cumplimiento a la resolución general (nro. dos mil trescientos setenta y uno) de AFIP.</p> <br>